Micelio
Auto11 de junio de 2025

A- de 2025

Ponente Carolina Ramírez Pérez

Demandante --·Demandado Olivera Capera Miguel Angel

Tema · dato duro
Ausencia De Los Factores Territorial E Institucional-La Autoridad Indígena Carece De La Estructura Necesaria Para Investigar Y Sancionar La Presunta Comisión Del Delito De Inasistencia Alimentaria.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Comunidad Indígena Mesa Cucuana Aceituno del municipio de Ortega (Tolima) y el Juzgado 003 Penal Municipal de Conocimiento de Ibagué, ocasionado por un proceso penal adelantado en contra de un ciudadano, por la presunta comisión del delito de inasistencia alimentaria.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena hace el análisis ponderado de los elementos constitutivos del fuero especial indígena.

El elemento personal se cumple pues el acusado aparece en los censos de la comunidad.

La Sala advierte que el menor beneficiario de alimentos no vive y no ha vivido dentro del territorio de la comunidad, que se encuentra ubicada en cinco veredas porque, según su progenitora, siempre han vivido en Ibagué, por lo que no puede acreditarse el factor territorial.

El factor objetivo no es determinante para asignar la competencia pues la Sala concluye que la comunidad reprocha la inasistencia alimentaria de los menores y tiene interés en proteger sus derechos y, los derechos de alimentos y de cuidado básico que les asiste a los menores de edad, son de especial interés y la conducta vulneradora es especialmente nociva para la sociedad mayoritaria.

Respecto del factor institucional, se observó que la comunidad cuenta con autoridades, procedimientos y sanciones de la conducta pero, su poder de coerción no es claro porque el comunero investigado no habita el territorio del resguardo, y no se especificó cuál sería la sanción que aplicaría la asamblea ante el incumplimiento del pago.

Se asigna la competencia a la Jurisdicción Ordinaria Penal.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Comunidad Indígena Mesa Cucuana Aceituno del municipio de Ortega (Tolima) y el Juzgado 003 Penal Municipal de Conocimiento de Ibagué, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 003 Penal Municipal de Conocimiento de Ibagué es la autoridad competente para conocer el proceso penal en contra de Miguel Ángel Olivera Capera.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-6501 al Juzgado 003 Penal Municipal de Conocimiento de Ibagué (Tolima) para que proceda con lo de su competencia y NOTIFIQUE la presente decisión a los interesados, así como a la comunidad indígena involucrada en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.